¿Dónde y cómo se debe registrar el reglamento interno de trabajo en Chile?

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¿Dónde y cómo se debe registrar el reglamento interno de trabajo en Chile?

Toda entidad empleadora en Chile que sobrepase el número de 10 trabajadores permanentes debe elaborar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad, documento que establece las normas que deben cumplir tanto el empleador como los trabajadores dentro de la empresa.

Sin embargo, contar con este reglamento no basta: la ley exige registrar formalmente este documento ante la Dirección del Trabajo (DT) dentro de un plazo establecido, para que el documento tenga validez legal y pueda respaldar a la empresa frente a cualquier fiscalización.

En este artículo te explicamos qué es este documento, a quién va dirigido, qué normas legales exigen su registro y cuáles son las dos formas disponibles para presentarlo ante la DT, ya sea de manera online o presencial.

¿Qué es el reglamento interno de trabajo en Chile?

Es el documento que establece las normas de orden, higiene y seguridad que deben cumplir tanto el empleador como los trabajadores dentro de una empresa, y que debe ser registrado y depositado ante la Dirección del Trabajo(DT) para tener validez legal. 

¿A quién va dirigido el registro de este trámite laboral?

Este trámite va dirigido a todo empleador o empleadora cuya empresa, faena, sucursal o agencia cuente con 10 o más trabajadores, quienes están obligados a elaborar este reglamento y registrarlo formalmente ante la DT. 

Este criterio aplica de igual forma para empresas contratistas y subcontratistas, sin importar si sus trabajadores han celebrado contratos por obra o faena, de forma indefinida o a plazo fijo. 

¿Por qué es obligatorio registrarlo ante la DT?

Porque así lo define el marco legal de Chile en el artículo 153° de la Ley N°16.744 y en el artículo 56° del Decreto Supremo N°44, donde ambos artículos regulan y exigen que la empresa empleadora elabore dicho documento y lo presente a sus trabajadores. 

Porque así lo define el marco legal de Chile en el artículo 153° del Código del Trabajo, en el artículo 56° del Decreto Supremo N°44 y en el artículo 67° de la Ley N°16.744, donde estos tres artículos regulan y exigen que la empresa empleadora elabore dicho documento y lo presente a sus trabajadores.

Por ende citamos textualmente, lo que establece estos artículos:

Artículo 153°, Código de Trabajo:

Artículo 56°, Decreto Supremo N°44

Artículo 67°, Ley N°16.744:

Con esto queda claro que el reglamento interno de trabajo no es un documento opcional ni un simple formalismo administrativo, sino una exigencia legal respaldada por tres cuerpos normativos distintos

¿Dónde se debe presentar, registrar y entregar el reglamento interno de trabajo?

Este tipo de documento solo se puede registrar y entregar ante la Dirección del Trabajo (DT), que es la única institución con la competencia legal para recepcionarlo en Chile.

En cuanto a las formas de entrega, actualmente existen dos vías disponibles para presentar este documento:

1. De manera online en el sitio web de la DT

Para registrar el reglamento interno de forma online, debes seguir estos pasos dentro del portal Mi DT:

1.1 Ingresa al portal Mi DT

Inicia sesión con tu Clave Única. Si eres una empresa (persona jurídica), recuerda que debes actuar a través de uno o más representantes laborales electrónicos habilitados.

1.2 Accede a la Oficina de Partes Virtual

Desde el menú “Trámites y servicios”, selecciona la opción “Oficina de Partes Virtual”.

1.3 Selecciona la tarjeta de Reglamento Interno

Haz clic en “Registrar” dentro de la tarjeta “Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad”.

1.4 Revisa tus datos de identificación

El sistema desplegará automáticamente tu información como solicitante, obtenida desde el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). 

PD: Si necesitas corregir algún dato, debes hacerlo directamente desde tu perfil en Mi DT.

1.5 Completa los antecedentes generales

Ingresa la fecha de publicación, la fecha de entrada en vigencia, la fecha de notificación a los trabajadores y el mecanismo de difusión utilizado.

1.6 Adjunta el reglamento interno

Sube el documento vigente en formato PDF, con un peso máximo de 20 MB.

1.7 Divide el archivo si es necesario 

Si el documento supera los 20 MB, puedes separarlo en hasta 5 archivos distintos, cada uno con un peso máximo de 20 MB.

1.8 Declara el cumplimiento del contenido mínimo legal

Activa el botón correspondiente para declarar bajo juramento que el reglamento cumple con el contenido mínimo exigido por la ley.

1.9 Declara la veracidad de la información

Activa el segundo botón para declarar, conforme al artículo 210° del Código Penal, que la información incorporada en el registro es veraz.

1.10 Envía el registro

Haz clic en “Agregar” para cargar el reglamento interno en el sitio web de la DT.

1.11 Recibe la confirmación del ingreso

El sistema mostrará un mensaje indicando que el registro fue ingresado correctamente, junto con el número de expediente asignado.

1.12 Revisa tu correo de confirmación

Recibirás un correo electrónico de la DT confirmando la recepción exitosa del registro.

1.13 Consulta el historial de registros

Si necesitas revisar tus registros anteriores, ingresa a la tarjeta “Historial de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad” y busca tu trámite por número de expediente o por rango de fechas.

1.14 Descarga tu comprobante

Desde la columna “Comprobante”, descarga el documento que certifica la fecha y hora de tu registro ante la Dirección del Trabajo.

Con estos 14 pasos completados, tu reglamento interno de orden, higiene y seguridad quedará registrado oficialmente ante la Dirección del Trabajo, dándole certeza jurídica a su contenido. 

2. De forma física en la oficinas de la DT

Si prefieres el trámite presencial, puedes dirigirte directamente a una oficina de la Inspección del Trabajo y presentar una copia física del reglamento interno vigente. 

A todos los empleadores que decidan realizar este trámite, recordamos que no tiene ningún costo. Por lo tanto, si en la institución te solicitan algún pago, notifica de inmediato este incidente.

¿Necesitas ayuda con el registro de tu reglamento interno en la DT?

En Home Pymes te acompañamos en todo el proceso de elaboración y registro de tu reglamento interno de orden, higiene y seguridad ante la Dirección del Trabajo, como parte de nuestros servicios de gestión laboral de empresa, para que cumplas con esta obligación legal sin errores ni retrasos.

Conclusión

La elaboración, actualización y registro del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad no constituyen trámites opcionales, sino obligaciones legales establecidas en el artículo 153 del Código del Trabajo, el artículo 67 de la Ley N.º 16.744 y el Decreto Supremo N.º 44. En el caso de las empresas que ocupen normalmente a 10 o más trabajadores

Ya sea que optes por el registro online a través del portal Mi DT o por la vía presencial en las oficinas de la Inspección del Trabajo, completar correctamente este trámite le da certeza jurídica a tu reglamento y evita observaciones frente a una eventual fiscalización.

Si necesitas apoyo en este proceso, en Home Pymes podemos ayudarte a gestionarlo de principio a fin, como parte de una gestión laboral completa para tu empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo puedo cargar el reglamento interno en DT?

Para cargar tu reglamento interno en la DT, debes seguir estos pasos:

  • Ingresa al portal Mi DT con tu Clave Única.
  • Selecciona “Oficina de Partes Virtual” desde el menú “Trámites y servicios”.
  • Haz clic en “Registrar” dentro de la tarjeta “Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad”.
  • Completa los antecedentes generales y adjunta el documento en formato PDF (máximo 20 MB).
  • Confirma las declaraciones juradas y haz clic en “Enviar”.

Al finalizar, el sistema te entregará un número de expediente como comprobante del registro.