Contratar trabajadores para un proyecto con fecha de término definida y hacerlo sin el respaldo legal adecuado puede derivar en multas, demandas o en la conversión involuntaria del vínculo en un contrato indefinido.
El contrato por obra o faena es la figura legal diseñada precisamente para evitar este escenario, permitiendo a las empresas contratistas y subcontratistas gestionar su dotación de forma flexible y dentro del marco establecido por el Código del Trabajo.
En este artículo te explicamos qué es el contrato por obra o faena, cuáles son sus elementos obligatorios, qué dice la Ley N°21.122, cómo calcular la indemnización correspondiente y qué ventajas representa para las empresas que operan bajo la figura de contratista o subcontratista.
¿A qué se define un contrato por obra o faena?
El contrato por obra o faena es un acuerdo laboral que vincula a un trabajador con un empleador para ejecutar una tarea específica, ya sea de carácter material o intelectual, con una fecha de inicio y término claramente definidas, cuya duración está directamente condicionada a la finalización de dicha tarea.
Por ejemplo, si una constructora contrata a un maestro electricista para realizar las instalaciones de un edificio en construcción, dicho contrato tendrá vigencia únicamente mientras dure esa obra; una vez finalizada, el vínculo laboral se termina.
Elementos y características de un contrato por obra o faena
Los elementos y características que debe contemplar la redacción de un contrato de trabajo por obra o faena están definidos en el artículo 10 del Código del Trabajo, el cual establece que todo contrato debe incluir, como mínimo, los siguientes aspectos:
- Lugar y fecha del contrato: Se debe registrar dónde y cuándo se celebra el acuerdo laboral.
- Identificación de las partes: Nombre, nacionalidad, domicilio, correo electrónico, fecha de nacimiento y fecha de ingreso del trabajador.
- Descripción del servicio y lugar de trabajo: Especificar qué funciones realizará el trabajador y en qué lugar o ciudad las desempeñará.
- Remuneración: Indicar el monto acordado, la forma de pago y la periodicidad con que se cancelará.
- Jornada laboral: Definir la duración y distribución del horario de trabajo, salvo que la empresa opere por turnos.
- Plazo del contrato: Establecer la duración del vínculo laboral, condicionada a la conclusión de la obra o faena.
- Acuerdos adicionales: Incluir cualquier beneficio extra pactado entre las partes, como alimentación, transporte o alojamiento.
¿Qué ley regula el contrato de trabajo por obra o faena?
En cuanto a la ley encargada de regular este tipo de contratos, corresponde a la Ley N°21.122, la cual incorpora el artículo 10 bis al Código del Trabajo, estableciendo las condiciones bajo las cuales un contrato por obra o faena determinada es válido.
“Un contrato por obra o faena sólo es válido cuando la tarea tiene un inicio y término claramente definidos; de lo contrario, la ley lo considera de plazo indefinido.”
Por otra parte, el Código del Trabajo en su artículo 161 protege a los trabajadores que tengan celebrado este tipo de contrato, estableciendo que la empresa no puede invocar las necesidades de la empresa como causal de término, pudiendo ser denunciada por despido injustificado
“El empleador no podrá invocar las necesidades de la empresa como causal de término frente a un contrato por obra o faena, ya que esta figura tiene su propio mecanismo de conclusión definido por ley.”
Indemnizaciones que deben recibir los trabajadores por terminación del contrato por obra o faena
Al concluir la obra o faena asignada, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a 2,5 días de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días, según lo establecido en el artículo 163 del código de Trabajo.
Sea el siguiente ejemplo sin fracción:
- Si un trabajador percibe una remuneración mensual de $850.000 y trabajó durante 6 meses completos, el cálculo sería el siguiente:
Valor del día trabajado: $850.000 ÷ 30 = $28.333
Indemnización por mes: $28.333 × 2,5 = $70.833
Indemnización por 6 meses: $70.833 × 6 = $425.000
- Por lo cual este trabajador recibirá una indemnización por los meses trabajados(6 meses) un total de $425.000.
Sea el siguiente ejemplo con fracción:
- Si un trabajador percibe una remuneración mensual de $850.000 y trabajó durante 6 meses y 20 días, el cálculo sería el siguiente:
Valor del día trabajado: $850.000 ÷ 30 = $28.333
Indemnización por mes: $28.333 × 2,5 = $70.833
Indemnización por 6 meses: $70.833 × 6 = $425.000
Fracción superior a 15 días (20 días): $70.833 × 1 = $70.833
Indemnización total: $425.000 + $70.833 = $495.833
- Por lo cual este trabajador recibirá una indemnización total de $495.831, considerando los 6 meses completos más la fracción de 20 días.
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Modelo y formato de ejemplo de un contrato por obra o faena
Para facilitar la elaboración de este documento, ponemos a tu disposición un modelo de contrato por obra o faena en formato editable, el cual puedes descargar, completar con los datos de tu empresa y adaptar según las condiciones particulares de cada proyecto.
[btn] Descargar modelo y formato de contrato por obra o faena
¿Qué ventajas ofrece el contrato por obra o faena a las empresas contratistas?
Utilizar correctamente esta modalidad contractual no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que también representa una ventaja operativa y financiera para las empresas contratistas. Entre las principales ventajas se encuentran:
1. Flexibilidad en la contratación
Permite incorporar trabajadores según las necesidades específicas de cada proyecto, sin comprometer a la empresa con vínculos laborales indefinidos que superen la duración real de la obra o faena.
2. Cumplimiento de las cláusulas del contrato
Al definir desde el inicio las condiciones del servicio, el lugar de trabajo y el plazo de vigencia, la empresa reduce el riesgo de controversias laborales derivadas de ambigüedades contractuales.
3. Control de costos laborales
Al estar el contrato circunscrito a la duración del proyecto, la empresa puede proyectar con mayor precisión los costos de mano de obra, evitando gastos que excedan el presupuesto asignado a cada obra.
4. Adaptación a proyectos de distinta duración
Ya sea una obra de dos meses o de dos años, este tipo de contrato se adapta a cualquier escala de proyecto, lo que lo convierte en una herramienta versátil para empresas que operan en múltiples frentes simultáneamente.
5. Indemnización acotada y previsible
Al concluir la obra o faena, el término del contrato no genera las mismas obligaciones indemnizatorias que un despido por otras causales, lo que permite a la empresa planificar el cierre del proyecto con mayor certeza financiera.
6. Compatibilidad con subcontratación
Este tipo de contrato se articula de forma natural con los esquemas de subcontratación regulados por la Ley N°20.123, facilitando la gestión de las obligaciones laborales y previsionales ante la empresa principal o mandante.
Errores frecuentes al usar esta modalidad de contrato
Aunque el contrato por obra o faena ofrece ventajas claras para las empresas contratistas, su mal uso puede derivar en sanciones laborales o en la recaracterización del vínculo como contrato de plazo indefinido. Entre los errores más comunes se encuentran:
- No definir con precisión el objeto del contrato: Si la descripción de la tarea no delimita claramente su inicio y término, la Inspección del Trabajo puede recaracterizar el contrato como indefinido.
- Encadenar contratos sucesivos sobre una misma etapa: Suscribir dos o más contratos para cubrir la misma tarea vulnera el artículo 10 bis del Código del Trabajo, convirtiendo automáticamente el vínculo en indefinido.
- Utilizar esta modalidad para labores permanentes: Contratar bajo esta figura a trabajadores que realizan funciones continuas y habituales dentro de la empresa constituye una práctica irregular impugnable ante la Inspección del Trabajo.
- Omitir cláusulas obligatorias: No incluir remuneración, jornada laboral, domicilio de la obra o identificación de las partes expone a la empresa a multas por parte de la DT.
- No formalizar correctamente el término del contrato: Al concluir la obra, el empleador debe invocar la causal del artículo 159, numeral 5; omitir este paso puede derivar en una denuncia por despido injustificado.
¿En Home Pymes podemos ayudarte con la redacción y elaboración de un contrato por obra o faena?
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo puede durar un contrato por obra o faena?
Su duración no está sujeta a un plazo fijo, ya que está condicionada exclusivamente a la conclusión de la obra o faena para la cual fue celebrado.
¿Qué ocurre con el contrato si la obra se extiende más allá del plazo estimado?
En caso de que la obra se extienda más allá del plazo estimado, el contrato se prorroga automáticamente hasta su conclusión efectiva, manteniendo en todo momento las condiciones pactadas en cuanto a jornada laboral, descansos y demás derechos del trabajador dentro del marco legal vigente.
¿Qué es la indemnización del 2.5 en los contratos por obra o faena?
Es el monto que corresponde pagar al trabajador al término del contrato por obra o faena, equivalente a 2,5 días de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días; razón por la cual tu empresa deberá mantener un control riguroso en la administración de remuneraciones para calcular correctamente este beneficio al momento de dar fin al contrato de trabajo.