Cuando se piensa en seguridad laboral, muchas veces se imaginan solo cascos, guantes o extintores. Pero detrás de todo eso hay un documento que ordena y respalda cada una de esas medidas: el reglamento interno de higiene y seguridad, cuyo requisitos fueron actualizados con la entrada en vigencia del Decreto Supremo N°44 en 2025.
Esta norma no solo actualizó una normativa preventiva que se encontraba vigente desde 1969 sin revisarse, sino que además incorporó temas que antes no estaban contemplados, como los protocolos de prevención de acoso sexual, laborar y violoencia en el trabajo frente o los planes de gestión, reducción y respuesta ante emergencias, catástrofes o desastres.
En este artículo te explicamos, en palabras simples, qué exige exactamente el DS N°44, qué obligaciones nacen para la empresa y para los trabajadores, y qué sanciones existen si el reglamento no se cumple.
¿Qué es el Decreto Supremo N°44?
Es la norma que, desde febrero de 2025, actualizó las reglas sobre cómo las empresas deben cuidar la seguridad y salud de sus trabajadores. Reemplazó a dos reglamentos que llevaban vigentes desde 1969, juntando en un solo documento reglas que antes estaban repartidas y desordenadas.
¿Qué indica el DS44 en el reglamento interno de orden higiene y seguridad?
Toda empresa, sin importar su tamaño, debe tener y mantener al día un documento donde explique las reglas de higiene y seguridad para sus trabajadores.
Si la empresa tiene más de 10 personas, ese mismo documento también debe incluir normas de orden interno, y cada trabajador debe recibir una copia sin que le cobren nada por ella.
¿Qué debe explicar el reglamento en sus disposiciones generales?
Entre otros puntos, este apartado fija cuándo corresponde hacerle exámenes médicos a un trabajador, el procedimiento a seguir ante un accidente, la manera en que la empresa respalda al Comité Paritario, y quién responde por el cumplimiento de las normas en cada sector.
Se suma también el procedimiento para seleccionar, utilizar y mantener los elementos de protección personal, la reacción esperada frente a un peligro súbito, y los pasos a seguir durante una emergencia o catástrofe.
Y para cerrar, se detalla cómo un trabajador puede plantear una mejora o presentar un reclamo, de qué manera se articula la colaboración entre empresa y personal en materia preventiva, y el procedimiento para abordar casos de acoso o violencia laboral.
¿Qué obligaciones tienen los trabajadores según este reglamento?
Entre sus deberes está respetar las normas de seguridad fijadas por la empresa, sumarse a las instancias de prevención, y aportar cuando se investigue un incidente.
A eso se agrega el cuidado de los elementos de protección recibidos, el uso correcto de las herramientas de trabajo, y la obligación de reportar sin demora cualquier peligro detectado o una interrupción de labores por riesgo grave.
También deben avisar oportunamente si presentan alguna molestia o síntoma vinculado a sus funciones, así como respetar las normas de tránsito cuando su trabajo implique conducir un vehículo motorizado, incluyendo revisar su estado mecánico antes de salir a la ruta.
Por último, se espera que colaboren con las políticas que la empresa haya implementado para prevenir y controlar el consumo de alcohol y drogas dentro del lugar de trabajo.

¿Qué conductas quedan prohibidas en el reglamento?
El texto debe enumerar qué acciones no están permitidas dentro de la empresa: ejercer violencia o acoso, consumir alcohol, drogas o sustancias ilícitas durante la jornada, y manipular indebidamente los dispositivos de seguridad y protección.
También queda prohibido destruir o desactivar señales y equipos de seguridad, así como operar o intervenir maquinaria sin la autorización correspondiente del personal autorizado de la área encargada.
A esto se suman restricciones más cotidianas, como consumir alimentos en áreas no habilitadas para ello o fumar en lugares donde esté prohibido, sin dejar de lado cualquier otra conducta riesgosa que la propia empresa identifique según su actividad.
¿Qué sanciones contempla el reglamento ante un incumplimiento?
Cuando un trabajador infringe lo establecido en el reglamento, la empresa puede aplicar una amonestación escrita o una multa en dinero, siempre proporcional a la gravedad de la infracción cometida.
Si el trabajador no está de acuerdo con la sanción aplicada, tiene derecho a reclamar ante la Inspección del Trabajo, conforme a lo que establece el artículo 157 del Código del Trabajo.
¿Cada cuánto corresponde actualizar el reglamento interno?
Este documento se somete a revisión, como mínimo, una vez al año, proceso en el que participan el Comité Paritario o un representante del personal, quedando constancia escrita de que dicha revisión tuvo lugar.
Resumen de las mejora del DS N°44 en el reglamento interno de higiene y seguridad
El nuevo Decreto Supremo N°44 incorporó mejoras concretas específicamente en el contenido que debe tener el reglamento interno de cada empresa:
- Sumó la obligación de incluir protocolos de prevención, investigación y sanción del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, algo que antes no formaba parte del reglamento.
- Exigió detallar un procedimiento claro a seguir cuando sobrevenga un riesgo grave e inminente para la vida o salud de los trabajadores.
- Incorporó la obligación de incluir un plan de gestión de emergencias, catástrofes o desastres dentro del propio documento.
- Estableció que el reglamento debe contemplar procedimientos para que los trabajadores formulen propuestas de mejora y reclamos sobre sus condiciones de trabajo.
- Sumó la exigencia de incluir mecanismos que fomenten la colaboración entre empresa y trabajadores, con reconocimiento a quienes propongan mejoras relevantes en seguridad.
Con estas mejoras, el reglamento interno deja de ser un simple listado de normas para convertirse en una herramienta activa que anticipa riesgos, protege la dignidad de los trabajadores y abre canales reales de diálogo dentro de la empresa.
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Conclusión
Después de revisar cada capítulo de este reglamento, queda claro que la seguridad en el trabajo dejó de ser un tema que se resuelve solo con carteles o charlas ocasionales: hoy exige un documento formal, revisado y actualizado, que hable tanto de riesgos físicos como de convivencia y respeto entre las personas.
Lo interesante del DS N°44 es que no deja toda la responsabilidad en la empresa: también le exige al trabajador un rol activo, desde cuidar sus propios elementos de protección hasta avisar a tiempo cuando algo no anda bien.
Esa doble exigencia es, en el fondo, lo que hace que un reglamento realmente funcione en la práctica y no se quede solo en el papel.
Al final, cumplir con esta norma no debería verse como una carga administrativa más, sino como la base mínima para que ninguna empresa, sin importar su tamaño, opere sin un plan claro frente a un accidente, una emergencia o una situación de acoso.