Charlas de inducción de seguridad

Charlas de inducción antes del ingreso a obra

En HOME PYMES, nuestro equipo de profesionales en administración laboral se encargará de realizar las charlas de seguridad en obra.

Contribuyentes

¿Para qué tipo de empresas está orientado este servicio?

Toda empresa contratista o subcontratista que incorpore personal a una faena está obligada a realizar la charla de inducción al personal nuevo antes del primer día de trabajo.

  • Empresas contratistas generales

    Que incorporan personal propio a nuevas faenas y deben acreditar la inducción ante el mandante antes de iniciar actividades.

  • Subcontratistas especialistas

    Instaladores eléctricos, sanitarios, estructurales u otras especialidades que ingresan con su cuadrilla a obras de terceros.

  • Empresas con alta rotación

    Constructoras, empresas de pavimentación o montaje industrial con incorporaciones frecuentes que necesitan inducción sistemática y documentada.

  • Pymes constructoras

    Sin prevencionista propio que necesitan externalizar el cumplimiento del DS N°40/69 con respaldo legal y registro de asistencia válido.

  • Mandantes que fiscalizan

    Empresas que exigen a sus contratistas acreditar la charla de inducción como requisito de acceso al recinto o faena.

Términos y condiciones del servicio

Para tu tranquilidad y transparencia, aquí detallamos todo lo que necesitas saber sobre nuestro servicio de Charlas de Inducción de Seguridad.

  • Charla presencial o remota conforme al DS N°40/69: Desarrollamos la sesión de inducción cubriendo los tres bloques obligatorios: aspectos administrativos, prevención de riesgos y conductas en obra.
  • Registro de asistencia con valor legal: Emitimos el formulario de asistencia firmado por cada participante, con nombre, RUT, cargo y fecha, válido como respaldo ante fiscalización de la DT o del mandante.
  • Presentación de la matriz de riesgos del puesto: Incluimos la identificación de los riesgos específicos del cargo y de la obra, con las medidas de control y el uso correcto de EPP asociados a cada exposición.
  • Información sobre reglamento interno y aspectos administrativos: Comunicamos horarios, procedimientos de pago, beneficios, obligaciones del trabajador y conductas de convivencia conforme al RIOHS de la empresa o faena.
  • Protocolo de emergencia y señalética de la obra: Informamos las vías de evacuación, punto de encuentro, procedimiento ante accidentes y contactos de emergencia para el recinto específico de la faena.
  • Archivo digital de registros: Entregamos copia digital de todos los registros de asistencia al empleador para su archivo y acreditación ante cualquier fiscalización posterior.
  • Elaboración del Reglamento Interno: La redacción y tramitación del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad ante la DT y la Seremi de Salud es un servicio separado.
  • Redacción de contratos de trabajo: La escrituración del contrato de trabajo conforme al artículo 10 del Código del Trabajo es un servicio de administración laboral independiente.
  • Elaboración de la matriz de riesgos desde cero: La construcción inicial de la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER) es un servicio de consultoría en prevención aparte.
  • Gestión de mutualidades y accidentes: El trámite de adhesión a la mutual, denuncia de accidentes y seguimiento de incapacidades no está incluido en este servicio.
  • Capacitaciones técnicas de oficio: La instrucción en uso de maquinaria, operación de equipos específicos o certificación de competencias laborales es un servicio de formación distinto.

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¿Listo para incorporar trabajadores a obra con la inducción correctamente documentada?

Coordinamos la charla y entregamos el registro de asistencia en 24 a 48 horas hábiles desde tu solicitud.

Contamos con amplia experiencia aplicada en estos sectores y empresas

  • Obras civiles

  • Construcción habitacional

  • Obras Industriales

  • Instalaciones eléctricas

  • Pavimentación y vialidad

  • Contratistas generales

  • Subcontratistas especialistas

  • Pymes constructoras

  • Montaje Industrial

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Preguntas Frecuentes

Resolvemos las dudas más comunes sobre la charla de inducción

La charla de inducción debe realizarse antes que el trabajador inicie sus actividades en la faena o puesto de trabajo, y no está permitido que el trabajador comience a laborar sin haber recibido y firmado la inducción.

Sí, la obligación es extensiva a todo trabajador que ingrese a la faena, sin distinción entre trabajadores propios y subcontratistas.

El registro de asistencia firmado por el trabajador constituye el respaldo documental ante una fiscalización de la Dirección del Trabajo o de la Inspección de Seguridad del mandante, y su ausencia puede derivar en multas y suspensión de actividades.

El contrato a plazo fijo dura hasta 1 año como regla general; y hasta 2 años si el trabajador es gerente o tiene título profesional o técnico reconocido, y solo se permite una prórroga cuando el contrato original presenta una prórroga.

Una sesión de inducción que cubre los tres bloques exigidos por el DS N°40/69 (aspectos administrativos, prevención de riesgos y conductas) tiene una duración estándar de entre 60 y 90 minutos; en casos donde los grupos son más de 20 personas puede extender a 2 horas.

La inducción no es transferible entre obras ni faenas, ya que cada obra tiene sus propios riesgos específicos, señalética, protocolos de emergencia y reglamentación interna, por lo que la normativa exige que el trabajador reciba la charla correspondiente a cada puesto de trabajo al que ingrese.