Inicio de actividades SII

Formalizamos tu empresa/sociedades ante el sii

En Home Pyme, nos encargamos de tramitar tu declaración jurada ante el SII con toda la documentación necesaria.

Contribuyentes

¿Para qué tipo de personas y empresas está orientado este servicio?

Este servicio está orientado a personas naturales y empresas que crearon una empresa en la plataforma de Empresa en un Día, y necesitan completar el inicio de actividades ante el SII para empezar a operar legalmente.

  • Profesionales independientes

    • Ingenieros y arquitectos
    • Médicos y profesionales de salud
    • Consultores y asesores
    • Abogados y contadores
    • Diseñadores y creativos
  • Emprendedores primera categoría

    • Comercio y retail
    • Servicios generales
    • Tecnología y plataformas digitales
    • Manufactura y producción
  • PYMEs y sociedades

    • EIRL, SpA y Ltda
    • Sociedades anónimas cerradas
    • Empresas de construcción
    • Subcontratistas y contratistas
    • Empresas de transporte
  • Gastronomía y Servicios Locales

    • Fundaciones con decreto notarial
    • Corporaciones legalmente constituidas
    • Organizaciones con contrato social
    • Entidades de interés público

Términos y condiciones del servicio

Para tu tranquilidad y transparencia, aquí detallamos todo lo que necesitas saber sobre nuestro servicio de Inicio de Actividades SII.

  • Verificación de la acreditación original de domicilio comercial y certificación de título o credencial profesional si aplica
  • Gestión del código de actividad económica ante el SII, con un máximo de 7 actividades económicas según el giro declarado
  • Determinación del estado IVA del contribuyente, indicando si está afecto o exento según su actividad
  • Gestión de todos los campos del formulario 4415, incluyendo domicilio comercial, correo y teléfono de contacto
  • Definición del régimen tributario aplicable: simplificado (14D), pro PyME o régimen general
  • Seguimiento activo de la resolución del SII y gestión de observaciones si las hubiera
  • Para empresas de primera categoría: ingreso del capital inicial y verificación de la escritura del Diario Oficial o Registro de Comercio.
  • Constitución de la empresa en la plataforma de Empresa en un Día (este paso es previo y debe estar completado)
  • Obtención del RUT de la empresa; debe estar activo antes de solicitar el servicio
  • Trámites ante el Registro Civil, notaría u otros organismos distintos al SII
  • Declaración de impuestos mensuales ni gestión contable posterior al inicio de actividades
  • Habilitación de facturación electrónica ni certificados digitales del SII
  • Representación ante el SII en fiscalizaciones, citaciones o procesos judiciales tributarios

Otros trámites en materia de inicio de actividades que ofrecemos

Creación de Empresas

Acreditación de Domicilio

Creación de Empresas

Acreditación de Facturación Online

Creación de Empresas

Centralización de Certificado Digital

Creación de Empresas

Habilitación E-RUT

Creación de Empresas

Creación de Clave Única

Tu empresa constituida ya puede empezar a operar

Solo falta el inicio de actividades ante el SII y nosotros estamos listos para ayudarte con dicho trámite y gestión.

Contamos con amplia experiencia aplicada en estos sectores y empresas

  • Obras civiles

  • Construcción habitacional

  • Obras Industriales

  • Instalaciones eléctricas

  • Pavimentación y vialidad

  • Contratistas generales

  • Subcontratistas especialistas

  • Pymes constructoras

  • Montaje Industrial

Servicios externos y documentos relacionados que te ofrecemos

Una vez constituida tu empresa, estos servicios son el paso natural para operar con tranquilidad tributaria.

Preguntas Frecuentes

Respondemos las dudas más comunes antes de contratar el servicio de la emisión del certificado de inicio de actividades.

El inicio de actividades es una declaración jurada que el contribuyente presenta ante el Servicio de Impuestos Internos para comunicar que comenzará a desarrollar actividades económicas de primera o segunda categoría.

En la mayoría de los casos el SII resuelve en forma inmediata o dentro de las 24 horas siguientes a la presentación del formulario 4415 en línea; sin embargo, el SII puede emitir observaciones que requieran aportar documentación adicional, como acreditación de domicilio o documentos de la sociedad, situación que puede extender el plazo entre 3 y 10 días hábiles.

Sí, es un requisito previo indispensable antes de presentar el inicio de actividades ante el SII.

El SII establece una multa de 1 UTM para quienes no presenten el inicio de actividades dentro del plazo exigido, que corresponde a los dos meses siguientes al inicio real de las operaciones.

Sí, es posible modificar el régimen tributario en determinadas circunstancias y plazos establecidos por el SII. Por ejemplo, una empresa puede optar por ingresar al régimen Pro PyME simplificado (14D) o retirarse de él al cierre del año tributario, siempre que cumpla los requisitos de ingresos y actividad.